Compartimos la Resolución NAC-DGERCGC24-00000024 (Publicado en Quito Suplemento del Registro Oficial 589 de junio 28 de 2024) Emite regulaciones por autorretenciones de Impuesto Renta para Grandes Contribuyentes, y que señala principalmente lo siguiente:
-
-
- Detalla porcentajes específicos por sociedad aplicables desde junio 2024, y que se declaran y pagan en julio 2024
-
-
-
- Base imponible son ingresos gravados mensuales, exceptuando:
-
-
-
-
- Servicios para la exploración y explotación de hidrocarburos en los pagos que realice el Estado ecuatoriano
- Contratos celebrados con el sector público (gobierno central, sus órganos desconcentrados, empresas públicas, gobiernos autónomos descentralizados)
- Contratos celebrados con las entidades de la seguridad social
- Ingresos gravados pertenecientes a otros regímenes especiales (sector bananero, sector agropecuario u otro)
-
-
-
-
- Comprobante de retención por autorretención debe emitirse hasta el 5to día del mes siguiente por la totalidad del ingreso gravado del periodo.
-
-
-
- Grandes Contribuyentes deben detallar en sus comprobantes de venta los ingresos sujetos a regímenes específicos, en caso de haberlos, y que los agentes de retención puedan identificar los mismos y aplicar la retención respectiva.
-
-
-
- No realizar la autorretención conlleva multa del 100% del valor no retenido, además de los intereses que se hayan generado.
-